República Dominicana: Parlamento aproba el Convenio 156 de la OIT

El Congreso Nacional de República Dominicana aprobó la adopción del Convenio 156, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre igualdad de trato a los trabajadores remunerados con responsabilidades familiares. Se votó la aprobación en la sesión del pasado martes (05/10), en la Cámara de Diputados de la República Dominicana la cual fue acompañada por los movimientos sindicales y feministas del país.

El Comité Intersindical de la Mujer Trabajadora (CIMTRA) de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS) y la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD) – las tres centrales sindicales del país – saludaron la decisión del Congreso Nacional y  la vez llamaron al presidente de La República, Luis Abinader, a promulgar la ley y que el Ministro de Trabajo proceda a solicitar su ratificación ante la OIT lo más pronto posible, como forma de ir cerrando brechas de discriminación y desigualdad en las políticas de cuidados.

La secretaria de Políticas Sociales de la CSA, Jordania Ureña Lora, celebró la adopción del convenio. “Esa adopción es fruto de una larga lucha de más de once años impulsada por las mujeres del movimiento sindical de República Dominicana por medio del CIMTRA y representa un importante paso de avance para las trabajadoras y los trabajadores en nuestra región”, puntualizó la secretaria.

El Convenio 156 de la OIT, adoptado en Ginebra, Suiza, el 23 de junio de 1981, tiene como objeto garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre los trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, mejorando su condición mediante medidas que satisfagan sus necesidades particulares y mediante medidas destinadas a mejorar la condición de los trabajadores en general.

A los fines del convenio, se entiende como responsabilidades familiares aquellas que van dirigidas hacia trabajadores o trabajadoras con hijos a su cargo o respecto de otros miembros de su familia directa que de manera evidente necesiten su cuidado o sostén, cuando tales responsabilidades limiten sus posibilidades de prepararse para la actividad económica y de ingresar, participar y progresar en ella.

 

 

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